Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la petición incoada en fecha 14-12-2009 por la ciudadana Abg. MILANGI GONZALEZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el No. 89.420, obrando en su condición de defensora del ciudadano ALDENIS JESUS DUNO MELÉNDEZ, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 31 años de edad, nacido en fecha 13-04.1978, Soltero, de profesión u Oficio obrero, portador de la Cedula de Identidad No. V-13.129.543, residenciado en Sector Las Morochas, calle Freites, casa N° 37, cerca de la plaza La Cruz de Mayo, diagonal, Municipio Lagunillas, teléfono 0414-9651578, estado Zulia, mediante la cual solicita la modificación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, acordada p.....