En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por el profesional del derecho ELVIS RIVERA, Defensor Público Auxiliar Décimo Encargado (10) penal ordinario adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del ciudadano GILBERT ALBERTO LÓPEZ LÓPEZ, portador de la cédula de identidad No. 19.705.346.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 14.09.2016, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la cual se decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito d.....