En el día hábil de hoy, 15 de Noviembre de 2011, siendo las 2:01 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JHONNY ALBERTO SEMPRUN VASQUEZ en su carácter de parte actora asistido por el apoderado judicial abogado José Pérez y BLINDADOS ZULIA OCCIDENTE, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Marco Antonio Pérez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 01/12/11 al demandante en la sede del Tribunal la cantidad de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.