• APROBADO Y HOMOLOGADO: el Convenio celebrado entre los ciudadanos HELI SAUL REVEROL MELEAN y ELIA ESTHER FERNANDEZ MACHADO, titulares de las cedulas de identidad N° V-20.947.475 y V-17.915.497, en beneficio de los niños SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
• El padre se compromete a cancelar la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs.300°°), semanales, los cuales totalizan Mil Doscientos Bolívares (Bs.1200°°), mensuales, que representan el 58,60% del actual salario mínimo fijado por el Gobierno Nacional en la cantidad de Dos Mil Cuarenta y Siete Bolívares con Cincuenta y dos Céntimos (Bs.2.047,52°°), mensuales. El monto de la Obligación de Manutención antes mencionada lo suministrara los días sábados de cada semana, a partir del día 13/10/12, previo recibo firmado por la progenitora, en señal de cumplimiento de la obligación de manutención. En la oportunida.....