en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia del demandante GUSTAVO BASTIDAS, ampliamente identificado en actas, y en consecuencia declara terminado el presente proceso, ordenándose el archivo del expediente. En este estado, presentes los representantes judiciales de la parte demandada (Sociedad Mercantil AVICOLA DE OCCIDENTE, C.A.), antes identificados, expusieron: Vista la incomparecencia del actor y la consecuencia procesal derivada de tal situación (Desistimiento del procedimiento), consignamos en este acto, copias debidamente certificadas, del expediente administrativo sustanciado por ante la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Zulia,.....