Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado YOANGEL ENRIQUE SILVA BRAVO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 22 años de edad fecha de nacimiento 20-03-1985, titular de la Cédula de Identidad N° 22.168.366 hijo de JOSE ANGEL SILVA Y ENVIDA BRAVO, de estado civil Soltero, de profesión u ocupación Obrero, residenciado en El Bajo, sector Rodeo II, calle 218, casa N° 20, Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir la pena DOS (02) AÑOS DE PRISION, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el arti.....