Mediante Auto Fundado NIEGA la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada DESTINO A ESTABLECIMIENTO TRABAJO, al penado EDIMIR ENRIQUE ESPINOZA CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.722.757, en virtud que la Junta Evaluadora del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, en el informe técnico practicado al referido ciudadano, emitió un pronóstico de conducta desfavorable. Todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, así mismo se acuerda remitir Copia Certificada a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación y al Centro Penitenciario de la Región Oriental Monagas (La Pica), e impóngase al penado de autos.-