Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano ALBERTO ENRIQUE DAZA DAZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, fecha de nacimiento 08-12-1986, titular de la cédula de identidad N° V-18.962.984, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio electricista, hijo de Maritza Dasa y de padre desconocido, residenciado en el barrio 26 de septiembre, casa Nº 2-11, frente a la taguara Soza, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,.....