Es por los razonamientos antes expuestos, que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Primero: NIEGA la solicitud realizada por el Abg. ROMAN ROBERICO YVIMAS, a favor del ciudadano YEISÓN ANTONIO CONTRERAS, por falta de cualidad del solicitante. Segundo: DECLARA SIN LUGAR EL CAMBIO DE LUGAR DE RECLUSIÓN del ciudadano JULIO CESAR CANAGUANAN, titular de la cédula de identidad N° 20.399.135 A LA POLICÍA MUNICIPAL DE MATURÍN ESTADO MONAGAS, sin embargo por los argumentos antes señalados se ORDENA SU CAMBIO DE LUGAR DE RECLUSIÓN AL INTERNADO JUDICIAL PENAL DE PUENTE AYALA. Líbrense los oficios correspondientes. Notifíquese a las partes. Y así se decide.
Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese la misma.