Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado en ejercicio CLAUDIO ENRIQUE GRANADILLO ÁVILA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad civil G & D, SOCIEDAD CIVIL, contra la resolución dictada por el Juzgado Décimo de los municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 6 de diciembre de 2010.
SEGUNDO: CONFIRMA la resolución dictada por el Juzgado Décimo de los municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 6 de diciembre de 2010, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, sigue la sociedad civil G & D, SOCIEDAD CIVIL, contra el ciudadano JOSÉ RAFA.....