expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana SALVADORA URRIBARRÍ ÁLVAREZ por intermedio de su apoderada judicial DORCAS AÑEZ NAVA, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 26 de noviembre de 2007, proferida por el Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la aludida decisión de fecha 26 de noviembre de 2007, proferida por el Juzgado a-quo, que declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA en virtud de haber operado la perención breve prevista en el artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por resolución de contrato de arrendamiento intentó la ciudadana SALVADOR.....