Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REVOCA POR INCUMPLIMIENTO conforme a lo previsto en el ordinal 3° del articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, LA MEDIDA CAUTELAR ESTIPULADA EN EL ORDINAL 3° DEL ARTICULO 256 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, Y ORDENA LA APREHENSIÓN, del ciudadano: LEONARDO ENRIQUE VALBUENA DAVILA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 15/12/1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio Vigilante, titular de la cédula de identidad No 20.662.472, hijo de los ciudadanos VALBUENA JACQUELINE y OSWALDO FEREIRA, con residencia en el Sector La Lago, barrio Mota Blanca, calle.....