Por los fundamentos expuestos esta Sala Número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los interpuesto por los ciudadanos Fiscales del Ministerio Público JOSÉ LUIS RINCÓN RINCÓN y RAIZA RAMÍREZ PINO, contra la decisión dictada en fecha 14 de Junio de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control del Municipio Rosario de Perijá de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual decretó la nulidad absoluta del acta policial suscrita en fecha 11 de Junio de 2005, contentiva del procedimiento de aprehensión practicado en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS VANEGAS MONTENEGRO y JOSÉ SILVESTRE MACHADO, y ordenó la libertad inmediata de los ciudadanos antes nombrados. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión antes señalada en cuanto a la nulidad del acta pol.....