En consecuencia, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ANGEL CAMILO ROMERO a los ciudadanos EMMA JOSEFINA GONZALEZ, (esposa), MARIELA DE LOS ÁNGELES ROMERO GONZÁLEZ, JESÚS ALBERTO ROMERO GONZÁLEZ, LORENA CECILIA ROMERO GONZÁLEZ, MARIA ALEJANDRA ROMERO GONZÁLEZ, ANGEL CAMILO ROMERO GONZÁLEZ e YRENE DEL CARMEN ROMERO VELÁSQUEZ (hijos), todos estos plenamente identificados previamente. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Se ordena expedir copia certificada de la presente solicitud.