Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara procedente la Medida Preventiva de Embargo solicitada que le correspondan al demandado ciudadano Leonardo José González Prieto, titular de la cédula de identidad Nº V-20143172, para asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana Yoximar Antonia Isea Aguirre, titular de la cédula de identidad Nº V-20333023, sobre:
A.- Un cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso e intereses, que le puedan corresponder al ciudadano Leonardo José González Prieto, titular de la cédula de identidad Nº V-20143172, como trabajador al s.....