PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto por el ciudadano Jesús Gabriel Lombardi Boscán, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.755.242, asistido por la profesional del derecho Doria Figuera, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nº 56.783, dirigido a impugnar la decisión Nº 021-2024 de fecha diecinueve (19) de enero de 2024, dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 439, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
SEGUNDO: ADMISIBLE EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN presentado por los profesionales del derecho Rafael Francisco Finol Castillo y Rosangela Pulgar Rosales, actuando con el carácter de defensores privados de la ciudadana María Corina Gómez Roo, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.435.705, en contra del recurso de apelación incoado por la víctim.....