PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JOSÉ DAVID FOSSI MENDIAZ y PATRICE CASTRO, en su carácter de defensores de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO LANDAETA VILELA, DAVID SÁNCHEZ ROMERO y ALFREDO JOSÉ CHIRINOS CUEVAS, contra la decisión, de fecha 13 de agosto de 2014, signada bajo el numero 86-2014, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, en el asunto VP11-P-2011-005101, causa seguida a los ciudadanos ciudadanos JOSÉ GREGORIO LANDAETA VILELA, DAVID SÁNCHEZ ROMERO, ALFREDO JOSÉ CHIRINOS CUEVAS y EDERLE LUNAR PERALTA, a quienes el Ministerio Público atribuía la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio del niño quien en vida respondiera al nombre de LUÍS MANUEL CORO.....