Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta el 19 de octubre de 2015, por el abogado LUÍS ALBERTO LABARCA, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 13 de octubre de 2015, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por la sociedad mercantil C.A. ZULIANA DE CAL, contra la sociedad mercantil INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas respecto al recurso de apelación en virtud de no haberse confirmado totalmente la sentencia recurrida, ello de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: CON LUGAR, la adhesión a la apelación interpuesta el 18 d.....