V
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida en fecha 26 de octubre de 2016, por el abogado en ejercicio GERARDO JESUS USECHE VILLENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 266.456, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana ELBA CLAUDIA VILLENA SANCHEZ, en contra de la sentencia proferida en fecha 17 de octubre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, y por ende;
• Se CONFIRMA el fallo apelado en todas sus partes.
• Hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 281 del código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del prese.....