este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUIDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA suficiente el derecho que tienen los ciudadanos MERYS JOSEFINA ORTIZ,titular de la cedula de identidad Nro V4.158.549, GIPSSY LADEDA CHIGINI titular de la cedula de identidad Nro. V.- 12.248.674, NESTOR LADEDA CHIGINItitular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.774.184, y DANIEL ALEJANDRO LADEDA este ultimo de nacionalidad argentina pasaporte, AAE702981, documento de identificación Nro29.575.048 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano, REYNALDO DANIEL LADEDA ,quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 6.245.561, y falleció Ab-intestato el día veintisiete (27) de junio de 2021, en Jurisdicción de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Déjese a salvo los derechos de terceros. ASI SE DECIDE.