Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por el ciudadano MANUEL AGUSTIN ROMERO RIOS, en contra de la ciudadana YULAIDIS COROMOTO VILLARREAL, ambos antes identificados.
En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Jefe Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio Maracaibo, (hoy Municipio San Francisco del Estado Zulia, el día diecinueve (19) de septiembre de (1992), según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 441.