este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas con competencia para conocer las causas de Violencia contra la Mujer Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admitida totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO GUERRA RUIZ, titular de la cédula de identidad Nro. 19.080.150, Venezolano, Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 06/03/1986, de 25 años de edad, grado de instrucción BACHILLER, u oficio: obrero, Estado Civil: soltero, hijo de: Nellys Ruiz (V), y de Faustino Guerra (V), domiciliado en: Avenida Miranda, el Rincón de Caripito, casa 31, estado Monagas, teléfono 0416/5912342 (hermana), y por cuanto el acusado hizo uso de una de las Alternativas a la Prosecución del Proceso, se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al mismo por el lapso de un (01) año, debi.....