Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: CONDENA, a la Acusada : UNYERLIN ANA GUZMAN VASQUEZ, Nacionalidad venezolano, Natural de Cumandá, Estado Sucre, nacido en fecha 17-06-80, mayor de edad, de 29 años, hijo de CARMEN GUZMAN (F) y de GERMAN GUZMAN (F), titular de la cedula de identidad Nº 15.705.638, Profesión u Oficio: Estudiante de 5to año de Diversificado, de Estado Civil soltero, domiciliado Vereda 50 sector 2 Boyacá, Barcelona, Maturín Estado Monagas, por la comisión de delito de JORNALERA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 33 en su ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.....