Ahora bien, verificando este Tribunal que las partes tienen capacidad para transigir y que se trata de derechos disponibles, le imparte su homologación a la transacción judicial celebrada por las partes litigantes el ciudadano Ricardo Antonio Salas Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.975.043, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio, Carlos Dimitri Vásquez Juárez, inscrito en el Inpreabogado N° 178.444, titular de la cédula de identidad N° V-37.212.970, en su condición de parte actora (ejecutante) y la sociedad mercantil INVAMAR INVERSIONES ALIMENTICIAS MARGARITA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 19-10-2012, bajo el N° 06, tomo 68-A, en la persona de su apoderado judicial, el abogado Jesús Rafael García Espinoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.291, titular de la cédula de identidad N° V-3.822.951, en su condición de parte demandada (ejecut.....