Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1 y 2, en concordancia con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 256 numeral 3, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de libertad de la presentación periódica de cada treinta (30) días contados a partir de esta fecha, solicitada tanto por el Ministerio Público como por su defensa técnica, quien dijo llamarse LUIS ALBERTO DUQUE ZAYA, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, natural de Río Viejo Departamento Bolívar, República de Colombia, fecha de nacimiento el 21 de marzo de 1965, de 43 años de edad, soltero, contratista, titular de la cédula de ciudadanía No. 9.161.240, hijo de Blan.....