este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA PROCEDENTE el reclamo ejercido por la parte demandante, en contra de la experticia consignada en fecha 11 de junio de 2014 por el experto designado Licenciada ODALIS PLAZA MORGADO, en el juicio que por cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoara la ciudadana MARIA GABRIELA VALDIVIESO ROLINS, en contra de la Entidad de Trabajo ZAPATERIA YAMIL, C.A.
SEGUNDO: SE MODIFICA la experticia complementaria del fallo consignada por el experto la Licenciada ODALIS PLAZA MORGADO, en fecha 11 de Junio de 2014, por tanto, se determina los montos correspondientes al demandante con ocasión a su reclamación que deberán ser cancelados por la accionada de autos.
TERCERO: Se ratifica que la demandada debe canc.....