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Decisiones del dia 14/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : OP02-J-2013-001719 N° Sentencia : PJ0372013000452 Fecha: 14/10/2013
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
JOSE RAFAEL BELLO NARVAEZ Y FELICITA MARIA SUAREZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-12.505.190 Y V-12.920.195 RESPECTIVAMENTE
Resumen:
OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a depositar para la Obligación de Manutención a sus hijos anteriormente identificados la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.800,00.) Mensuales, depositando semanalmente la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00.), los cuales depositara en la cuenta de ahorro N° 0175-0151-81-0061742950 del Banco Bicentenario, a nombre de la madre. El padre se compromete con los útiles escolares y la madre con el uniforme escolar. Ambos padres manifiestan compartir los gastos Decembrina por mitad. En cuanto a los gastos médicos, recreación, vestuario, cada padre se compromete con los gastos que se ocasionen por este concepto." En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordena.....
Juez/Ponente:
Fanny Luz Márquez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OP02-V-2013-000223 N° Sentencia : PJ0372013000453 Fecha: 14/10/2013
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
MASSIEL GÓMEZ Y YONNATHAN ORTEGA
Resumen:
se deja constancia que ambos progenitores al acto y como quiera que se llegó a un acuerdo respecto a las mensualidades, que se aumentó pagando un monto mensual de Bs. 1500,00 que ya quedó establecido así, dejando claro que la deuda es por la cantidad de Bs.800,00 por los dos hijos, es decir, Bs. 400,00 por cada uno; una vez que se cancele la deuda definitiva habida en el otro asunto que ya está definido el monto; se pasa a verificar los otros conceptos y se establecen de la siguiente manera: El padre se compromete a cancelar a sus hijos un Bono Escolar en fecha 15/8 de cada año por la cantidad de Bs. 400,00 para cada uno y un Bono Navideño en el momento en que paguen la primera parte de las utilidades, por la cantidad de Bs. 800,00 por cada uno. Los gastos por médicos, medicinas, deportes y recreación serán pagados a la madre contra factura. Las mensualidades serán pagadas directamente a la madre con el respectivo recibo de pago. El aumento comienza a cancelarse a partir de este 15/10/.....
Juez/Ponente:
Fanny Luz Márquez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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