OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a depositar para la Obligación de Manutención a sus hijos anteriormente identificados la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.800,00.) Mensuales, depositando semanalmente la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00.), los cuales depositara en la cuenta de ahorro N° 0175-0151-81-0061742950 del Banco Bicentenario, a nombre de la madre. El padre se compromete con los útiles escolares y la madre con el uniforme escolar. Ambos padres manifiestan compartir los gastos Decembrina por mitad. En cuanto a los gastos médicos, recreación, vestuario, cada padre se compromete con los gastos que se ocasionen por este concepto." En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordena.....