DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre, no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el convenimiento presentado por las partes de la presente causa, ciudadana YAIRA CAROLINA CHIRINOS AVILA, parte demandada, plenamente identificada y los ciudadanos JOHAN ENRIQUE PARRA VILCHEZ Y GREIBYS ILIANA FERRER DE PARRA, parte actora, anteriormente identificados, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, siguieron las partes anteriormente identificadas en la causa signada con el N° 48.710 de la nomenclatura interna de este despacho. Todo de conformidad con lo dispuesto .....