Esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSÉ LUÍS REYES GUZMÁN Y YURIVIA MERCEDES RODRÍGUEZ MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.001.706 y V.-6.364.348 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Juan Manuel Vásquez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 167.512, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 08-11-1984 ante la Alcaldía del Municipio Libertador Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Departamento Libertador del Distrito Federal, según consta de acta número 243, inse.....