DISPOSITIVO:
Por las consideraciones antes expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia por Autoridad de la Ley, declara:
1º) TERMINADO EL PROCEDIMIENTO que por PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano JUAN ARAUJO en contra de la Sociedad Mercantil GALINDO COMPAÑÍA ANONIMA DE VENEZUELA (GALCAVEN), en virtud de la transacción celebrada entre las partes ante este JUZGADO SUPERIOR como medio de autocomposición procesal.
2°) SE ORDENA remitir el presente expediente en su forma original al Juzgado DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, para que continúe con los trámites procesales correspondientes, en el entendido que deberá HOMOLOGAR LA PRESENTE TRANSACCION Y ORDENAR .....