enunciados, por este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR, el presente procedimiento de PENSIÓN DE ALIMENTOS, seguido por la Ciudadana LISET JOSEFINA BRICEÑO GONZÁLEZ, domiciliada en la Urbanización Oswaldo Álvarez paz, tercera calle, casa sin número, en el Municipio Valmore Rodríguez, en representación de su menor hija ANA DANIELA DUQUE BRICEÑO, en contra del Ciudadano ALFREDO ANTONIO DUQUE MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, obrero petrolero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.326.727, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia,
Se ordena suspender la Medida de Embargo decretada en fecha 09 de Diciembre de 2.005, sobre diferentes conceptos laborales, y se ordena oficiar a la empresa VINCCLER para la cual presta sus servicios el ciudadano ALFREDO ANTONIO DUQUE MÉNDEZ.....