Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio de la Sección Penal Adolescentes del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA; en virtud de la muerte de este, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el ordinal 1° del artículo 48 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el articulo 561 literal "d" y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se declara extinta la acción penal relacionada con el mismo.