Por las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y de conformidad con lo establecido en la Resolución del Tribunal Supremo de Justicia N° 2009-06 de fecha 18 de Marzo de 2009; este Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos ALBERTO JOSÉ CORASPE Y DIANA VICTORIA RODRÍGUEZ, debidamente asistidos por el abogado HILDEMARO DÍAZ TILLERO, todos plenamente identificados; en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, el cual se celebró en fecha 19 de Febrero del año 2003, por ante la por ante la Alcaldía del Municipio Caripe del Estado Monagas. En cuanto a la comunidad conyugal, no existen bienes que liquidar. Publíquese, re.....