....... este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargada la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,00), ordenando a la notificada emitir cheque de gerencia, por la cantidad embargada. Procediendo la Institución bancaria a emitir cheque de gerencia No.59124578 de la cuenta No.01050067292067124578, a nombre del ciudadano JIMMY PARRA, a lo cual el Tribunal procede a dejar copia simple del mismo en el expediente. Por cuanto el Tribunal ha cumplido con la misión para la cual se traslado, da por terminado el presente acto, siendo las 11:00 a.m, y acuerda su reconstitución en su sede natural. Se deja constancia que el Tribunal no ha cobrado emolumento alguno por la presente actuación y traslado. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-