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Decisiones del dia 14/04/2005

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones Sala 2
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2Aa2589-05 N° Sentencia : 113 Fecha: 14/04/2005
Procedimiento:
Apelación Contra Auto
Partes:
SONIO ENRIQUE NAVA PEÑA Y TULIO ENRIQUE LEÓN CARRUYO EN CONTRA DE EMPRESA PREFAVOC
Resumen:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los por los Abogados JUANITA MARÍA PÉREZ y GUILLERMO MATA ALGARÍN, actuando con el carácter de defensores de los imputados SONIO ENRIQUE NAVA PEÑA y TULIO ENRIQUE LEÓN CARRUYO, contra la decisión dictada en fecha 28 de Febrero de 2005, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual fue acordada la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra de los mencionados imputados, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.
Juez/Ponente:
Gladys Mejía Zambrano
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 2
arriba

N° Expediente : 2Aa2604-05 N° Sentencia : 112 Fecha: 14/04/2005
Procedimiento:
Apelación De Privación De Libertad
Partes:
EDUARDO ANTONIO PANTALEÓN ABREU EN CONTRA DEL ESTADO VENEZOLANO
Resumen:
Por los fundamentos expuestos, esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Profesional del Derecho JOSÉ DAVID FOSSI, en su carácter de defensor del imputado EDUARDO ANTONIO PANTALEÓN ABREU, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, de fecha 14 de Marzo de 2005, en donde se decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al referido imputado, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 52, en concordancia con los artículos 2 y 3 ordinal 3°, todos de la Ley contra la Corrupción, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida.-
Juez/Ponente:
Irasema Vilchez de Quintero
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 2
arriba

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