Por los motivos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
PRIMERO: Desistido el Procedimiento y Extinguida la Instancia del presente asunto, suscrito por el ciudadano KENNY EZEQUIEL PAZ ESTRADA, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.970.763, asistido por la Abg. DENISSE ROSALES, Defensora publica del Sistema de Protección, contra de la ciudadana DESSIRE ROSELYN GUILLEN BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-23.476.141.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numerale.....