En garantía del derecho a la defensa de la recurrente, acuerda librar boleta de notificación a la empresa Importadora J.A.C., C.A., la cual será dejada en el domicilio de la misma constituido en actas, a fin de informarle que se le concede un plazo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que haya constancia en actas de la entrega de la boleta previamente ordenada, para que ejerza los recursos dispuestos por la ley, de lo contrario se declarará firme la decisión Nro. 256-2009 de fecha 23 de septiembre de 2009.