Declara Interrumpido el Debate Oral y Público, en el presente asunto seguido en contra del ciudadano: ALBERTO IBARRA, plenamente identificado a los autos a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.