Sobre la base de lo antes explanado, quien aquí suscribe considera que los documentos presentados la ciudadana: ANA LUCIA QUINTERO VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.609.937, tiene valor acreditivo de propiedad. En resumen la documentación presentada por la solicitante, le ampara la propiedad del Vehículo, cuya entrega ha requerido, y constatado como ha sido el derecho que se alega sobre el bien mueble en el presente Asunto, motivo por el cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de del Circuito Judicial Penal de Maturín Estado Monagas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda LA ENTREGA EN CALIDA DE DEPOSITO, a la ciudadana solicitante: ANA LUCIA QUINTERO VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.609.937, el vehículo MARCA: FIAT, MODELO: UNO S, TIPO: SEDAN, COLOR: GRIS, PLACAS: RAJ280, AÑO: 2003, SERIAL DE CARROCERIA: 9BD15824034418963, SERIAL DE MOTOR: 6351811, USO: PARTICULA.....