Este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y obediente a la norma y al derecho, e independiente de todos los poderes del estado, Acuerda la Suspensión Condicional del proceso a favor del acusado DANIEL JOSE LA ROSA por la comisión del delito de APREVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehiculo automotor, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; por el lapso de TRES (03) meses imponiéndole de las siguientes condiciones: 1.- Se acuerda que el imputado done un Cuñete de Pintura a la Escuela Negra Matea Ubicado en el Complejo Habitacional Paramaconi, del estado Monagas. 2) No incurrir en un nuevo delito. Se ordena oficiar al director de la escuela Carmen Ebelia Douglas de las Cayenas, a los fines de que informe a este tribunal el cumplimiento de la condición impuesta. 3) Presentaciones pe.....