Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por el abogado en ejercicio ALBERTO JOSÉ GUANIPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.285, en su condición de defensor privado del ciudadano GERARDO JOSÉ PINEDA JAIMES, portador de la cédula de identidad N° 19.177.878, contra la decisión S/N, de fecha 06.12.2012, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual admitió la acusación presentada por el Ministerio Público, ordenó mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, y en consecuencia, decretó el auto de apertura a juicio en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, previsto y san.....