Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por la Fiscalía Cuadragésima Octava del Ministerio Público del Estado Zulia, de la Orden de Aprehensión y en consecuencia se Decreta MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano RAUL MONTAÑO FERNANDEZ, APODADO EL "GUAJIRO BLANCO", venezolano, natural de Maracaibo, de 30 años de edad, hijo de Yolanda Fernández y Raúl Montaña, quien reside en el Barrio Blanco, entrando por el mercado INCA, cerca del Abasto Pocho, Maracaibo ¿ Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, concatenado con el artículo 80 ejusdem, en perjuicio del ciudadano HARRY JOSE CAIAFA MONTA.....