En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el abogado en ejercicio FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.678.515, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.557, quien actúa en su propio nombre y representación de sus derechos e intereses, parte demandante, y la Sociedad Mercantil SOCIEDAD MERCANTIL "EL BRITISH BULLDOG, C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Espata, en fecha 28 de Abril de 1.999, anotada bajo el N° 21, Tomo 23-A.- Representada por el ciudadano PERCY MUÑOZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.116.357, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JORGE AUGUSTO GONZALEZ FRANTZIS, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 58.854, de este domicilio, parte demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia.....