Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la Causa signada con el N° 9C-1276-03, seguida al acusado LUIS EDUARDO VALBUENA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 22 años de edad, casado, estudiante, fecha de nacimiento 02-06-81, titular de la Cédula de Identidad N° 15.409.524, hijo de Adalberto Velásquez y Glennis Valbuena, residenciado en la Urbanización San Francisco, Avenida 29, Casa N° 40, Municipio San Francisco, Estado Zulia; quien previa admisión de los hechos en el acto de la audiencia preliminar fue condenado en fecha 03-12-2003, a cumplir la pena de seis (06) Años de Presidio, más las accesorias de la Ley, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278.....