PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL JOSÉ COLMENARES PEÑALOZA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS HIDALGO GARCÍA, antes identificados, en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., por la presunta violación de los derechos consagrados en las disposiciones constitucionales previstas en los artículos 87, 89 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: ADMITE la Acción de Amparo Constitucional y en consecuencia, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01 de febrero de 2000. TERCERO: SE ORDENA notificar mediante Boleta, a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., domiciliada en la Avenida La Limpia, Edificio Miranda, frente a Makro, en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a fin de que concurra al Tribunal a conocer el día en que se celebrar.....