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- DISPOSITIVA ¿
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Aprobado y Homologado el convenimiento que en la presente demanda que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebraran las partes, ciudadanos NELSON ALBERTO RINCON SILVA y ISABEL NARCISA REVEROL, en fecha 10 de Noviembre de 2008, en relación a la obligación de manutención y demás beneficios de desarrollo y atención que le corresponden al Niño xxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Se le da el carácter de cosa juzgada formal al convenimiento.
Queda terminado el juicio Se suspenden las medidas preventivas de embargo decretadas en este juicio y se ordena la participación del convenimiento realizado entre las partes al BBVA Banco Provincial, a quien se ordena librar oficio.
Líbrese oficio con las inserciones correspond.....