Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante INÉS DE JESÚS MARTÍNEZ DE ARAUJO, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.094.676, a los ciudadano MAYBELL ÁNGEL ARAUJO DE RIVAS y VÍCTOR MANUEL ARAUJO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula Nos 10.436.990 y 5.828.143, respectivamente, ambos en su condición de hijos, así como también, por derecho de representación en nombre de su progenitora ciudadana MARLENE COROMOTO ARAUJO OQUENDO, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.069.046, a los ciudadanos CARLOS ALFREDO OQUENDO ARAUJO y CARLOS EDUARDO OQUENDO ARA.....