Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ciudadana DOMINGA RAFAELA VELÁSQUEZ, actuando en representación del ciudadano GERMAN QUIROGA, en contra de la decisión de fecha 27 de mayo de 2010, emanada del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nro. 1 de este Circuito Judicial Penal, que declaró Sin Lugar solicitud de entrega del vehículo marca Mazda, año 1999, color perla, modelo 626NMV, uso particular, placa AC-B58A, serial de motor F.S.470029.
SEGUNDO: se exhorta al Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nro. 1 de este Circuito Judicial Penal, ordenar la apertura del procedimiento incidental, contenido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, en beneficio de la garantía del derecho a la defensa .....