Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA PRESENTE CAUSA de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por el ciudadano: WILLMER ALEXANDER RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.351.033, domiciliado en el Municipio Sucre del Estado Zulia, asistido por la Abogada KARINA BOSCAN SANCHEZ, Defensora Pública Segunda del Sistema de Protección, en contra de la ciudadana PAOLA NINOSKA FERRER ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.397.985, domiciliada en el Municipio Sucre del Estado Zulia, al estado de la Admisión de la Demanda, como causa de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de conformidad con lo establecido en.....