Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DEL MUNICIPIO COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana OLEDYS DEL CARMEN URDANETA RINCON, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-7.895.106, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Colon del Estado Zulia, en contra del ciudadano HENRY RIVERA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad No. 4.332.944, de este domicilio, como propietario del RESTAURANT Y LUNCHERIA VICTORIA ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia se condena al referido ciudadano como propietario del RESTAURANT Y LUNCHERIA VICTORIA a cancelar a la demandante, ciudadana: OLEDYS DEL CARMEN URDANETA RIN.....